José Manuel Albares, Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

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El Gobierno permitirá las inscripciones en Registro de Matrícula Consular de forma telemática Panorama

La norma busca adaptar el nuevo registro a las exigencias de una Administración digital, evitando el desplazamiento físico para la realización de determinados trámites como el alta, la baja o la modificación de datos. También permitirá crear un Número de Identificación Consular Central único para facilitar los trámites.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero, norma que se sitúa dentro del proceso de digitalización consular en curso y que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del 2 de octubre.

El Registro de Matrícula Consular, que recoge la información de los españoles en el extranjero, es una herramienta clave para que las personas de nacionalidad española que se encuentran fuera de nuestro país puedan ejercer su derecho de voto, así como para proporcionar protección y asistencia consular a la ciudadanía española en el exterior.

La norma busca adaptar el Registro de Matrícula Consular a las exigencias de una Administración “digital, eficiente y moderna”. Así, el nuevo registro evitará el desplazamiento físico para la realización de determinados trámites de forma telemática como el alta, la baja o la modificación de datos; y permitirá crear un Número de Identificación Consular Central (NICC), único e invariable, para facilitar los trámites, lo que contribuirá a “una gestión más ágil y eficiente de los expedientes”, han señalado.

Al mismo tiempo, se mantendrán algunas de las características del Registro de Matrícula Consular anterior, como la posibilidad de realizar los trámites presencialmente para aquellas personas que así lo deseen. Se mantiene también la distinción entre personas residentes en el exterior, para quienes la inscripción seguirá siendo obligatoria, y no residentes, para quienes será opcional, permitiendo así adaptar la inscripción a las circunstancias concretas de cada persona.

Esta medida también busca facilitar a los servicios consulares poder dar protección y asistencia consular a aquellos españoles que están fuera y que lo necesitan, “una labor que está a la orden del día del Ministerio de Asuntos Exteriores dada la inestabilidad actual”, ha recalcado el ministro Albares en rueda de prensa, en referencia a la situación de conflicto que vive Oriente Medio.

“Se trata de aprovechar las oportunidades que nos brindan las nuevas herramientas digitales para conseguir una Administración Pública más ágil, más cercana y, sobre todo, más útil para los ciudadanos. Para los que viven en España y para los españoles que viven en el exterior, porque todos tienen el mismo derecho a sentir su Administración asimismo cercana e igualmente accesible”, destacan desde el Ejecutivo.

Una vez aprobado, su entrada en vigor está prevista en un plazo de seis meses. A partir de ese momento, su implantación se realizará de manera progresiva, durante el plazo máximo de un año, “dada su complejidad”, han señalado.


 

Exposición de motivos

El texto recoge en su preámbulo la necesidad de llevar a cabo esta norma, en un momento donde la particularidad en el extranjero es que el trámite, hasta ahora presencial, en muchas ocasiones requiere que la persona interesada deba recorrer cientos o incluso miles de kilómetros para cumplir con la obligación legal de inscripción ante la Oficina Consular correspondiente.

Además, ponen el foco en el aumento de la población española residente en el exterior, que desde el año 2005 se ha triplicado, al igual que aumenta el número de personas que se establecen temporalmente. De esta forma, en enero de 2024 se superó la cifra de tres millones de personas dadas de alta como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Por otro lado, es importante destacar que en las últimas dos décadas se ha vivido una profunda digitalización en las relaciones con la Administración, por lo que es necesario proporcionar la protección y garantías necesarias a la ciudadanía en sus trámites electrónicos.

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NIPO: 121-21-001-7

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